martes, octubre 18, 2016

AUMENTO DE EMERGENCIA

MESA COORDINADORA NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE
JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Integrante de la CTA Central de los Trabajadores de la Argentina
Personería Jurídica 8152 -- Filial Rosario: Tucumán 1349 –Rosario
                                                                    Rosario, 20 de septiembre       2016
Al: Director Ejecutivo de ANSES –
Emilio Basavibaso.-
De: Mesa Coordinadora de Jubilados y Pensionados - Filial Rosario.
Asunto: Aumento de Emergencia, de $ 8.000 para todas las Categorías.-
En el "Día del Jubilado" a 112 años de la creación de la Ley 4349, nadie se hubiese imaginado que dedicando toda una vida al trabajo, con responsabilidad, empeño y laboriosidad, hoy nos encontraríamos condenados mediante una extorsiva y discriminatoria ley de "Reparación Histórica", al no reconocimiento del esfuerzo que hemos brindado en pos del crecimiento del país, tenemos la certeza de que se nos ignora, cuando no se contempla una inflación que agobia a gran parte de la sociedad, una carestía que viene perforando los bolsillos los de Jubilados y Pensionados, e
Impuestos y Servicios imposibles de afrontar, etc.- todas políticas mal intencionadas y dañinas que cada ves nos alejan
más de una vida digna, frente a esta situación y teniendo en cuenta que el Haber Jubilatorio Mínimo es de $ 5.491 de bolsillo hasta marzo de 2017, y que la canasta básica de un adulto mayor (1º de agosto 2016) que elabora la Defensoría
de la Tercera Edad, es de $ 13.240.-(más del 80 % de Jubiladas/os no la cubre) EXIGIMOS una urgente recuperación de nuestro haber, siendo necesario y posible un Aumento de Emergencia de $ 8.000.- en todas las escalas. Los recursos necesarios se pueden lograr, restableciendo el 100% de las contribuciones patronales disminuidas en la década menemista aún hoy vigentes, dar fin al trabajo no registrado en todas sus variantes, ejerciendo el Estado su poder de policía, producir una profunda reforma impositiva para gravar o incrementar con impuestos directos las transacciones financieras exentas, el juego, y otras grandes ganancias que siguen beneficiando a grandes grupos económicos, Decretar la Intangibilidad de los Fondos de la ANSeS, etc.-
Esto no excluye nuestros permanentes Reclamos, que los reiteramos
a continuación:
A) Aumento de Emergencia de $ 8.000,00 para todas las escalas y que el Haber Mínimo Mensual sea de $ 13.491.-
B) Actualizado el Haber Mínimo Mensual ($13.491 ) y modificado en más ($ 8.000,00) el resto de los haberes, aplicar una Movilidad que se ajuste a lo que establece el Art. 14 Bis de la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de manera que siendo este Haber, el "Sustituto del Sueldo y/o Salario del Trabajador Activo", garantice una efectiva y real calidad de vida, como corresponde, a quienes trabajamos y aportamos a la Seguridad Social, durante 30, 40, o más años.
C) Tratamiento Perentorio de una Nueva Ley de Previsión Social (expediente 3103–D-16). Que corrija con inmediatez la situación actual y que garantice, una justa prestación previsional en el futuro.
D) Restitución del 82% Móvil en igual categoría, cargo y función del trabajador activo, derogado por el "neo-liberalismo" de Menem y Cavallo y pese a que distintos Fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratifican la justicia de nuestra demanda, aún hoy se nos sigue negando esa reparación.
E) Suprimir el Impuesto a las ganancias de los trabajadores, debido a que el salario es de carácter alimentario y de orden público, por lo que no puede ser considerado ganancia y mucho menos aplicar a los Jubilados, por la misma condición y además porque nuestro haber, es un beneficio de la seguridad social, que el Estado debe otorgar en forma integral por expresa disposición de la Constitución Nacional (artículo 14 bis)
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Ernesto Sosa                                                                               Enrique Gigena
Vicepresidente                                                                                     Presidente
DNI: 6.040.333                                                                                DNI: 5.971.603
Mesa Coordinadora Nacional de Jubilados y Pensionados de la República Argentina