lunes, agosto 03, 2020

Comunicado de Prensa 1477 Miércoles de los Jubilados

LA ÚNICA GARANTÍA PARA ASEGURAR UN VERDADERO SISTEMA PREVISIONAL PÚBLICO, DE REPARTO, ASISTIDO, INTERGENERACIONAL Y QUE EL INSSJP CUMPLA COMO CORRESPONDE LA PRESTACIÓN ASISTENCIAL MÉDICA INTEGRAL Y LA ATENCIÓN SOCIAL, ES QUE LA DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SUS FONDOS LA REALICEN REPRESENTANTES DE TRABAJADORES ACTIVOS Y DE JUBILADOS, CON LA PARTICIPACIÓN DEL ESTADO


CABA 28 de julio 2020


La pandemia puso de manifiesto, agravando aún más, la situación de pérdida creciente del poder adquisitivo de las jubilaciones y pensiones y el deterioro de la atención médica y social. Considerando la complejidad de la convivencia con este virus, con un promedio de edad de los fallecidos de 74 años y la situación económica actual, con un 70% de jubilaciones y pensiones por debajo de la Canasta Básica de un Adulto Mayor y el agravamiento económico post pandemia, incluido el desfinanciamiento del sistema previsional, llamamos a fortalecer la unidad y lucha por los CINCO PUNTOS BÁSICOS acordados con un conjunto de organizaciones de Jubilados y gremiales, contenidos en nuestros tres proyectos de leyes. Nuestro proyecto de Nueva Ley de Previsión Social, plantea:

Artículo 3) Créase el Instituto Nacional de Previsión Social, el que funcionará como entidad de derecho público no estatal sin fines de lucro, dirigida y administrada, por sus interesados, que son los representantes de trabajadores activos, jubilados y la participación del Estado. Articulo 14.- El Instituto tendrá por objeto:
a) Administrar los regímenes nacionales de jubilaciones y pensiones para trabajadores en relación de dependencia y autónomos, a cuyo efecto tendrá las facultades, atribuciones y deberes que las disposiciones legales y reglamentarias vigentes a la fecha de entrada en vigor de la presente acuerdan a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);

Artículo 15.- El Instituto será conducido y administrado por un directorio integrado por siete (7) directores, uno de los cuales actuará como presidente, elegido por sus pares. Los directores serán tres (3) en representación de los trabajadores, tres (3) en representación de los jubilados y pensionados y uno (1) en representación del Estado Nacional. Los directores en representación de los trabajadores y de los jubilados serán elegidos en forma directa y democrática por los afiliados y beneficiarios del SIPA. El director en representación del Estado Nacional será designado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Nuestro proyecto de Ley de Normalización del INSSJP (PAMI) Desde su creación el Instituto fue definido como una persona pública no estatal, que debe contar con autonomía económica y financiera para el cumplimiento de sus fines y una administración democrática desempeñada por los trabajadores jubilados y activos con participación del Estado. En este proyecto de ley se plantea: