viernes, septiembre 21, 2018

Toma de posición respecto al fondo de garantía y sustentabilidad de la ANSes




Toma de posición respecto al fondo de garantía y sustentabilidad de la ANSes


En el año 2007 se crea el FGS. Sus finalidades fueron: “a) Atenuar el impacto financiero que sobre el régimen previsional público pudiera ejercer la evolución negativa de variables económicas y sociales.  b) Constituirse como fondo de reserva a fin de instrumentar una adecuada inversión de los excedentes financieros del régimen previsional público garantizando el carácter previsional de los mismos. c) Contribuir a la preservación del valor y/o rentabilidad de los recursos del Fondo. d) Atender eventuales insuficiencias en el financiamiento del régimen previsional público a efectos de preservar la cuantía de las prestaciones previsionales.”

En el año 2018, en la página oficial del ANSES se lee respecto al FGS: “Su misión es preservar el valor del patrimonio del FGS buscando la rentabilidad de sus recursos, los que podrán ser utilizados para pagar los beneficios del Sistema Integrado Previsional Argentino y  para  hacer frente a los compromisos asumidos en la Ley 27.260 de Reparación Histórica, invirtiendo en proyectos e instrumentos que promuevan el desarrollo de la economía argentina y del mercado de capitales local de largo plazo.”

Este cambio respecto a los objetivos y finalidades del FGS, deja entrever la inminente privatización (por decreto DNU 27/2018 y posteriormente como ley 27446 de "Simplificación y desburocratización de la Administración Pública Nacional") del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, negociando con empresas privadas la administración de la ANSES, bajo la figura del fideicomiso.



La Administración Nacional de la Seguridad Social tendrá ahora facultades para constituir fideicomisos con el sector privado con los recursos del FGS, sin la autorización del Congreso, bastando solamente una resolución del ANSES mediante la cual el funcionario a cargo está facultado para repartir a discrecionalidad los recursos del FGS, cobrando comisiones y honorarios por ello. Al respecto requerimos a los Señores Legisladores se opongan con la máxima firmeza, compromiso y responsabilidad a tal medida. Un mecanismo similar al que ya viéramos en relación a las AFJP ya que las administradoras no son responsables frente a los jubilados ni tienen la responsabilidad de pagar una pensión en el futuro. Incluso los préstamos Argenta (generalmente otorgados a las familias más vulnerables) podrán ser administrados por entidades financieras privadas y el Estado renuncia a ejercer un instrumento que permite reactivar la economía en momentos de recesión, a través del financiamiento a proyectos de inversión productiva en la economía real,  apoyar en situaciones críticas al sector privado para evitar la pérdida de puestos de trabajo o financiar proyectos de desarrollo tecnológicos y educativos que resultaron posibles de implementar gracias al FGS, como fuera Conectar Igualdad.

Esta propuesta posibilita que se le ceda la propiedad de los recursos del FGS y su administración a una entidad financiera por un plazo que puede llegar a los 30 años. Es innegable que este fideicomiso es otro de los instrumentos propuestos para transferir recursos del sector público hacia el sector privado sin que medie para ello ningún tipo de legislación específica.

Otro aspecto inquietante está dado por los modos como el Gobierno Nacional propone llegar a un acuerdo con los gobernadores para compensar la eliminación del Fondo Federal Solidario en el marco del programa de ahorro fiscal acordado con el Fondo Monetario Internacional.

Las provincias recibirán un aumento del 1% en el crédito del 6% del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de ANSES, esto es, 9 mil millones de pesos, a pagar en dos tramos:  3% en 2018 y 3% en 2019, pudiendo llegar este último a 4%.

Por otra parte, y no menos importante, preocupa cómo se está pensando financiar los pagos de la “reparación histórica”. En primer lugar, se destinarán los recursos generados con el blanqueo de capitales. Y en una segunda etapa la ANSES deberá desprenderse de 4 de cada 10 de los 55.228 millones de dólares en activos que registraba el fondo a comienzos de 2017. Se estima que, para atravesar 2018, el FGS debería destinar a la “reparación histórica” la totalidad de su rentabilidad anual y vender gran parte de sus tenencias.

Todas estas medidas merman el Fondo de Garantía de la ANSES que ya no estará en condiciones  para intervenir ante contingencias económicas que afecten la actualización constante de los haberes de todos los jubilados y las futuras generaciones, lo que serviría de pretexto para poner sobre la agenda pública temas tan controversiales como la edad jubilatoria, la cantidad mínima de años de aportes, la regla de actualización de jubilaciones o el propio carácter público y solidario del sistema actual. Esto es, poniendo en riesgo el presente y futuro de las jubilaciones.

Por todo lo expuesto, reiteramos nuestros reclamos, los que se agregan a continuación:

A) Aumento de Emergencia para todas las escalas y que el  Haber Mínimo Mensual se Posicione y Actualice en el valor de la Canasta Básica de un Adulto Mayor, que al 1° de agosto era de $ 21.127,02. Tenemos la certeza de que se nos ignora, cuando no se contempla la grave  situación en que nos encontramos millones de Jubilados y Pensionados por los aumentos indiscriminados  en los precios de alimentos, medicamentos, alquileres, expensas, impuestos, transporte, luz, gas, etc., teniendo en cuenta que en la fecha antes citada la Canasta Básica de un Adulto Mayor era de $ 21.127,02 (dato suministrado por el Ombudsman de la CABA), lo que implica que más del 80 % de las Personas Jubiladas y Pensionadas no la cubren y ninguno de los (3) tres haberes jubilatorios mínimos superan los $ 8.200, producto de políticas que cada vez nos alejan más de una vida digna.

B) Actualizado el haber mínimo mensual en $ 21.127,02 a valores del 1° de agosto de 2018 y modificados el resto de los haberes con un aumento proporcional de emergencia, aplicar una movilidad trimestral que se ajuste a lo que establece el Art. 14 Bis de la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de manera que siendo este haber, el “sustituto del sueldo y/o salario del trabajador activo”, garantice una efectiva y real calidad de vida, como corresponde, a quienes trabajamos y aportamos a la Seguridad Social, durante 30, 40, o más años.

C) Tratamiento Perentorio de una Nueva Ley de Previsión Social (La de los Jubilados) Representada por quinta vez, que corrija con inmediatez la situación actual y que garantice, una justa prestación previsional en el futuro.

D) Creación del Instituto Nacional de Previsión Social, dirigido y administrado como establece la Constitución Nacional, por representantes de los jubilados, trabajadores activos y la participación del Estado.

E) Rechazo de todo intento de Reforma Laboral y Modificación del Sistema Previsional en perjuicio de los trabajadores activos y jubilados, tal como lo exigen las transnacionales y el Fondo Monetario Internacional. Esas reformas que quieren implementar, son las que piden los empresarios para ser “más competitivos” pero que serian una sentencia de muerte para el Derecho Laboral.

F) Restitución URGENTE del 82% Móvil en igual categoría, cargo y función del trabajador activo, derogado por Menem y Cavallo, que pese a que distintos Fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que ratifican la Justicia de nuestra demanda, aún hoy se nos sigue negando el restablecimiento del mismo.

G) Suprimir el Impuesto a las ganancias de los salarios de los trabajadores, debido a que el salario es de carácter alimentario y de orden público, por lo que no puede ser considerado ganancia y mucho menos aplicar a los jubilados, por la misma condición y además porque el haber previsional es un beneficio de la seguridad social que el Estado debe otorgar en forma integral por expresa disposición de la Constitución Nacional (artículo 14 bis).

Finalmente consideramos que los recursos necesarios se pueden lograr restableciendo el 100% de las contribuciones patronales disminuidas en la década menemista, aún hoy vigentes, dando fin al trabajo no registrado en todas sus variantes, ejerciendo el Estado su poder de policía, produciendo una profunda reforma impositiva para gravar y/o incrementar con impuestos directos las transacciones financieras exentas, el juego y otras sustanciales ganancias que siguen beneficiando a grandes grupos económicos, y Decretando la Intangibilidad de los Fondos de Garantía de Sustentabilidad de la ANSeS, entre otras medidas.

Firmas de los responsables de las organizaciones:

Foro de la 3ra Edad                       
Comisión Jub. y Pens. Asoc. Empleados de Comercio
Jub. y Pens. de ATE          
Ctro. Jub. y Pens. San Francisco de Asís
Ctro. Jub. y Pens. de Dragado y Balizamiento
Ctro. Jub. y Pens. Autoconvocados “29 de Septiembre” (San Nicolás)
Ctro Jub. y Pens. Metalúrgicos (Villa Constitución)
Coord. De Jub. y Pens. de Capitán Bermúdez
Grupo de Trabajo de Jubilados de Coad
Mesa Coord. de Jub. y Pens. (Filial Rosario)
Secretaría de Previsión Social CTA – A, de Santa Fe
Frente de Jubilados “La Corriente” Unidad Ciudadana
Ctro Jubilados Pucará
Ctro Cultural La Toma
CTA-A: Regional Rosario
ATE Seccional Rosario


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